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Convocatoria de ayudas municipales para nuevas oportunidades de emprendimiento autónomo en Cáceres

Publicado por webcafeina el 20/04/2017

El Ayuntamiento de Cáceres ha aprobado mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia de 17 de abril de 2017 la Convocatoria de “Ayudas Municipales para el fomento de nuevas oportunidades de emprendimiento en el municipio de Cáceres para el año 2017”. Las características de estas subvenciones se detallan a continuación:
OBJETO Y FINES
Esta convocatoria tiene por objeto el fomento y consolidación del trabajo autónomo en Cáceres, mediante la reincorporación a éste de personas emprendedoras.
Con estas bases se persiguen los siguientes fines:
a)            Potenciar la creación de nuevas actividades económicas dentro del término municipal de Cáceres.
b)           Fomentar, impulsar y consolidar el autoempleo de Cáceres.
c)            Favorecer la reincorporación al mercado laboral de aquellas personas emprendedoras que con anterioridad hubieran cesado en el ejercicio de una actividad económica.
BENEFICIARIOS:
Personas desempleadas inscritas en cualquier Servicio Público de Empleo que, habiéndose dado de baja como autónomos promotores de una actividad económica en los últimos cinco años, busquen una nueva oportunidad para emprender y se den nuevamente de alta en Hacienda y Seguridad Social como autónomos en el término municipal de Cáceres.
REQUISITOS:
Las personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.Tener cumplidos dieciocho años de edad, en la fecha de alta en el RETA.
2.Haber figurado inscrito como demandante de empleo en los Servicios Públicos de Empleo, careciendo de ocupación efectiva según informe de vida laboral de la TGSS y encontrarse en tal situación en el momento en que se produzca la nueva alta en RETA.
3.Las personas beneficiarias deberán desarrollar la nueva actividad económica y tener su domicilio fiscal en el término municipal de Cáceres.
4.Entre la baja de la anterior actividad económica promovida y el alta de la actual deberá haber transcurrido un período superior a 6 meses.
5.Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
6.No ser deudor/a del Ayuntamiento de Cáceres.
7.Así mismo, a fecha de la nueva alta en el RETA, salvo que la ley establezca fechas distintas, las personas beneficiarias no podrán estar incursas en alguna de las circunstancias que impiden tener la condición de beneficiario de subvenciones de acuerdo con lo establecido en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Al objeto de acreditar el cumplimiento de los citados extremos deberán presentar una declaración responsable dirigida al órgano que ha de conceder la subvención, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo III de solicitud de la presente convocatoria.
8.Disponer a la fecha del alta en el RETA de un Plan de viabilidad de la actividad empresarial elaborado con el archivo Excel que puede descargarse desde esta misma página. El Plan de Empresa debe ser firmado por la persona solicitante (y en su caso, por quienes promuevan en el supuesto de proyectos agrupados).
CUANTÍA DE LAS AYUDAS:
a)  De 2.999 euros para las siguientes personas:
•       Parados de larga duración.
•       Mujeres.
•       Personas con diversidad funcional.
•       Personas menores de 35 años.
•       Personas con 52 o más años.
b)  De 2.500 euros para trabajadores desempleados que no se encuentren encuadradas en los apartados anteriores.
DOCUMENTACIÓN:
Para acceder a estas ayudas, se presentará instancia conforme al modelo aprobado con la convocatoria, acompañada de la siguiente documentación:
a)      Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la persona del solicitante.
b)      Si la solicitud se formulase por medio de una persona representante del promotor/a empresarial, acreditación de la representación que ostente por cualquiera de los medios admitidos en derecho.
c)       Plan de viabilidad de la actividad empresarial firmado conforme a lo señalado en la base 3ª.
d)      Modelo 036/037 correspondiente al inicio de la nueva actividad (alta censal, no modificación).
e)      Certificado de Hacienda acreditativo de la situación censal y del domicilio de la actividad económica.
f)       Certificado original emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria sobre histórico de altas y bajas en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
g)      Certificado de estar al corriente de las obligaciones de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social.
h)      Informe de vida laboral.
i)        Documento acreditativo de la nueva alta como autónomo en la Seguridad Social.
j)        En su caso, certificado original expedido por el SEXPE, o Servicio Público de Empleo que corresponda, que acredite que la persona solicitante estaba inscrita como desempleada con anterioridad al alta en el RETA.
k)      Declaración responsable de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria de subvenciones establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, conforme con el modelo que figura como Anexo III de la presente convocatoria.
l)        En el caso de las personas con diversidad funcional, se acompañará certificado original actualizado acreditativo del grado de minusvalía.
m)    En el caso de personas comuneras o socias de comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica:
I. Copia compulsada del acta de constitución de la misma y de sus modificaciones, en la que se disponga su porcentaje de participación.
II. Copia del CIF de la comunidad de bienes u otra entidad sin personalidad jurídica.
III. Certificado original emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria sobre altas y bajas en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
No será necesario aportar los documentos indicados en las letras e), f), g), h) y letra m) apartado III, en el caso de haber otorgado autorización a este Ayuntamiento para obtenerlos de forma directa por vía telemática, de acuerdo con el modelo que figura como Anexo II de la convocatoria.
FORMA Y PLAZO DE ENTREGA:
Las solicitudes, debidamente firmadas y acompañadas de la documentación anterior, podrán presentarse a través del Registro telemático del Ayuntamiento (sede electrónica: https://sede.caceres.es/ ) , el Registro General del Ayuntamiento de Cáceres, sito en la C/Gran Vía, 1, de Cáceres, el Registro Auxiliar ubicado en las oficinas del Punto de Acompañamiento Empresarial en el edificio Embarcadero o por cualquiera de los medios previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Las solicitudes podrán formularse desde el día siguiente a la publicación, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el agotamiento de los fondos, con la fecha límite del 30 de noviembre  de 2017.
NORMATIVA:
Estas subvenciones se rigen por lo dispuesto en las Bases de la Convocatoria aprobada mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento con fecha 17 de abril de 2017, y en la normativa siguiente:
-          Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
-          Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
-          Bases reguladoras contenidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres aprobada mediante acuerdo plenario de fecha 15 de marzo de 2007 (BOP Nº 103 de 29 de mayo de 2007).
-          Las restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, por las normas de derecho privado.
Más información:
Oficinas de ATA en el Edificio Embarcadero
Tlfno.: 927 24 88 64
e-mail: caceres@ata.es
Punto de Acompañamiento Empresarial de Cáceres
Tlfno.:927 20 60 30

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